En la lista de “presos políticos” de Elizardo ha incluido asesinos y no políticos y deportistas de otros países, así como a un pintor fallecido en el siglo XVIII. No es serio Elizardo, ni su comisión, ni su lista; ni es comprensible su antojadiza idea de lo que es un “preso político”.
Dice Elizardo en su reciente paquete que en Cuba hay 93 “presos políticos”. Ya no son 88, así que al flotillero de un solo barco Ramón Saúl Sánchez le faltaron 5 fuegos artificiales, porque su plan era a fogonazo por reo. La misma Yoani Sánchez, cuando da a conocer en su llamado periódico “14ymedio” el nuevo “reporte” de Elizardo, seguramente lo vio tan falto de rigor que toma distancia y lo publica advirtiendo que está hecho “según la CCDHRN”, la comisión del “camaján”.
La agencia de noticias EFE, al divulgar el llamado “informe” de la CCDHRN, aclara que se trata de una comisión “disidente”; lo que significa que siempre va a “informar” contra el gobierno cubano independientemente de los números reales.
Comentaba que Elizardo dice que ahora hay 93 “presos políticos”, de ellos 22 nuevos; eso quiere decir que de los antiguos 88 se liberaron 17, quedando en algún momento 71, que al sumarle 22, da el nuevo resultado de 93; pero todo esto es un desatino, que ni siquiera reconoce las liberaciones que lleva implícitas.
En el programa “La tarde se mueve” de este miércoles (http://latardesemueve.com/grabaciones) invitamos a pensar con más cuidado qué es un “preso político”. A grandes rasgos puede decirse que un “preso político” es aquel que es sometido y reconocido en proceso por transgresiones ligadas a las ideas y la conciencia; que acaban en la violación efectiva de una determinada norma legal.
Un “preso político” no es alguien que entra ilegalmente por las fronteras de otro país y asesina personas, que pone explosivos en un avión, que secuestra naves, que atenta contra instalaciones turísticas y culturales del país, que roba y estafa a la economía nacional y los ciudadanos, etc., como suele ser el tipo de personas que pone Elizardo en su listado.
Solo en Miami le dan importancia a esa lista; quizás sea porque Elizardo la hace precisamente para congraciarse y servir a la derecha cubanoamericana. Mensualmente se comenta hasta la saciedad en los periódicos, la radio y la televisión anticubana. A pesar de todas sus imprecisiones y falsedades nadie le pregunta, ningún periodista le solicita documentación. La prensa de Miami solo se limita a aceptar los números que da Elizardo y manipularlos en el sentido de un aumento de la represión. Y si por alguna rara coyuntura, si por oportunismo, un día esos números bajaran, entonces en Miami se dice que es peor, mucho peor, porque la represión se vuelve tan encubierta que no se puede ni cuantificar.
Elizardo es pagado por hacer esa lista; con las tapaderas de siempre, por supuesto. Él mismo ha desperdiciado la oportunidad que le ha ofrecido la iglesia católica de que le entregue una lista responsable para mediar por esos “presos políticos” que los calumniadores dicen que existen en Cuba; pero Elizardo no precisa nombres y apellidos, ni causa, ni tipo de delito. Su objetivo es solo difamar a la Revolución Cubana y en particular al proceso de reformas refrendado por el VII Congreso del Partido.
Cuba siempre ha invitado a que le nombren alguien preso por un “delito político”. Realmente nadie puede precisar ese tipo de causa porque de esa manera, como “delito político”, no está prescrito en el Código Penal de Cuba. Es falso, como dicen algunos medios, que Cuba no acepta la existencia de “presos políticos” porque prefiere llamarlos “mercenarios” y “contrarrevolucionarios”. No es un problema de nombres. La no aceptación cubana se debe a que se rige estrictamente por sus leyes.
Cuba no utiliza epítetos gratuitos. En el Libro II del Código Penal, Título I, se norman los “Delitos contra la seguridad del Estado”. Allí se incluyen los “Actos contra la Independencia o la Integridad Territorial”, como pudieran ser las violaciones de la frontera cubana o el secuestro de barcos y aeronaves con bandera nacional. Se prescribe también la penalización del “Espionaje” y la “Revelación de Secretos Concernientes a la Seguridad del Estado”, que van desde la entrega de información sobre las Fuerzas Armadas hasta el traspaso a ciudadanos extranjeros de datos sobre la economía cubana. En el Título II de este mismo Libro II se es más preciso con este delito, que se define como “Revelación de Secreto Administrativo, de la Producción o de los Servicios”.
No se trata entonces de “presos políticos” en el aire; se trata de traidores y enemigos del estado cubano en específico, casi siempre al servicio de un país extranjero; sancionados con debido proceso y archivados con número de causa.
El Código Penal también considera delictiva a la “Propaganda Enemiga”, que se parece mucho a la sistemática difamación de las instituciones cubanas que hace Elizardo Sánchez con su rentable CCDHRN.
http://cubainformacion.tv/index.php/la-columna/210-edmundo-garcia/68728-los-presos-politicos-de-el-camajan-solo-cuentan-en-miami
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